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Certificación energética de edificios

La entrada en vigor del Real Decreto 235/2013 de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, tanto de nueva construcción como de los existentes, establece que a partir del 1 de junio de 2013 es obligatorio poner a disposición de los compradores o inquilinos de edificios o de parte de éstos (siempre que los alquileres tengan una duración superior a cuatro meses), de un certificado de eficiencia energética.

Este certificado evalúa la eficiencia energética del inmueble otorgándole una calificación con una letra de la “A”, para los más eficientes, hasta la “G”, para al menos. Este certificado tiene una validez de 10 años.